Mostrando entradas con la etiqueta LEGALIZACIÓN. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta LEGALIZACIÓN. Mostrar todas las entradas

viernes, 1 de abril de 2016

DECRETO NACIONAL 501 JORNADA ÚNICA


El Gobierno Nacional ha emitido el Decreto 501 de 30 de marzo de 2016, por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación para reglamentar la Jornada Única en los establecimientos educativos oficiales y el Programa para la Implementación de la Jornada Única y el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Media conforme a lo dispuesto en los artículos 57 y 60 de la Ley 1753 de 2015.

Descargue el Decreto para su conocimiento y análisis.


martes, 29 de marzo de 2016

DECRETO 490 DE 28 DE MARZO DE 2016



El gobierno nacional ha expedido el Decreto número 490 de 28 de marzo de 2016, "Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia tipos de empleos del Sistema Especial de Carrera Docente y su provisión, se dictan otras disposiciones y se adiciona el Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación"  el cual se puede descargar para su análisis y conocimiento.

Aspectos importantes:

Establece la existencia de Docentes líderes de apoyo: son los docentes que desarrollan su actividad académica a través de proyectos pedagógicos y otras actividades de apoyo para la formación integral de los estudiantes, relacionadas con la orientación y convivencia escolar; el fortalecimiento de competencias matemáticas, comunicativas y científicas; las áreas transversales de enseñanza obligatoria; el uso como espacio pedagógico del bibliobanco de textos, las bibliotecas y el material educativo para desarrollar proyectos de oralidad, escritura y lectura; el desarrollo de proyectos de mejoramiento de la calidad educativa; la aplicación de modelos pedagógicos flexibles para la prestación del servicio educativo; y las necesidades que surjan dela puesta en marcha de los planes de estudio y los proyectos educativos institucionales. Igualmente, son responsables de las demás actividades curriculares complementarias que les sean asignadas por el rector o director rural en el marco del proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.
La ejecución de los proyectos pedagógicos y de las otras actividades académicas de apoyo que formulen los docentes líderes de apoyo será desarrollada durante la jornada escolar de los estudiantes y de acuerdo con la asignación académica y los horarios que defina el rector o director rural del establecimiento educativo.

También establece la prioridad en la provisión de vacantes definitivas cuando se genere una vacante definitiva de un cargo de docente o de directivo docente, la autoridad nominadora de la entidad territorial certificada deberá proveer dicho cargo aplicando el siguiente orden de prioridad:

Reintegro de un educador con derechos de carrera ordenado por una autoridad judicial, en las mismas condiciones que ostentaba al momento de su retiro.
Traslado realizado por las autoridades nominadoras de un educador que demuestre su situación de amenazado, o reubicación ordenada por la Comisión Nacional del Servicio Civil de un educador de carrera que se encuentre en situación de desplazamiento forzado.
Reincorporación ordenada por la Comisión Nacional del Servicio Civil para una vacante definitiva, previa solicitud del docente o directivo docente o de la autoridad nominadora, y de acuerdo con procedimiento fijado por la Comisión, en los siguientes casos:
Educador con derechos de carrera a quien se le haya levantado la incapacidad médica que había dado origen a la pensión por invalidez.
Directivo docente que por efectos de la calificación no satisfactoria de la evaluación ordinaria anual de desempeño deba retomar el cargo anterior en el cual ostentaba derechos de carrera.
Educador con derechos de carrera al cual se le haya suprimido el cargo y que hubiere optado por derecho preferencial a ser reincorporado a un cargo igual.
Traslado de educadores por procesos ordinarios o no ordinarios.
Nombramiento en período de prueba, de acuerdo con el orden de mérito del listado territorial de elegibles vigente para el cargo y para la respectiva entidad territorial certificada en educación.
Por encargo en un cargo de directivo docente o nombramiento en provisionalidad en un cargo de docente de aula o docente líder de apoyo, cuando no exista lista de elegibles vigente y mientras se surte un nuevo proceso de convocatoria a concurso docente, o llegue un educador con derechos de carrera.

Para la ubicación del personal docente de aula se tendrá como referencia que el número promedio de alumnos por docente de aula en la entidad territorial sea como mínimo 32 en la zona urbana y 22 en la zona rural.

El promedio será por entidad territorial certificada y no se tendrá en cuenta para el promedio los docentes líderes de apoyo.

sábado, 6 de junio de 2015

RESOLUCION 201500278984 JUEGOS DEL MAGISTERIO ETAPA DEPARTAMENTAL

La Secretaría de Educación de Antioquia SEDUCA ha emitido la Resolución 201500278984 de 05 de junio de 2015 por la cual se concede comisión de servicios remunerada a unos docentes y directivos docentes pagados con recursos del sistema general de participaciones para participar en los Juegos Deportivos, Recreativos y Culturales del Magisterio Antioqueño en su etapa final departamental, a realizarse en la unidad deportiva Atanasio Girardot del Municipio de Medellín del 08 al 12 de junio de 2015.


viernes, 29 de mayo de 2015

DECRETO DE SALARIO DOCENTE 1278

El gobierno nacional de la república de Colombia ha emitido el Decreto 1116 de 27 de mayo de 2015, Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002, y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo estatal.


jueves, 28 de mayo de 2015

DECRETO DE VIATICOS PARA EMPLEADOS PUBLICOS


El gobierno nacional ha emitido el acto administrativo por el cual se fija la escala de viáticos para empleados públicos de la República de Colombia, se trata del Decreto 1063 de 26 de mayo de 2015.


DECRETO UNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR EDUCACIÓN


Sabía usted que el Gobierno Nacional de Colombia ha expedido decretos reglamentarios por sectores?

Es por ello que el día 26 de mayo de 2015 ha expedido el Decreto 1075, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

El decreto es sumamente denso y comprende 394 páginas, con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen la educación y contar con un instrumento jurídico único en el sector educativo.

Está organizado por libros, partes, títulos, capítulos, secciones y subsecciones.

Su conformación básica es la siguiente:
LIBRO 1.  ESTRUCTURA DEL SECTOR EDUCATIVO, en sus ámbitos central y descentralizado.

LIBRO 2.  RÉGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR EDUCATIVO
Parte 1.  Disposiciones generales.
Parte 2.  Disposiciones reglamentarias específicas sobre el Ministerio de Educación Nacional.
Parte 3.  Reglamentación de educación preescolar, básica y media.
Parte 4.  Reglamentación de la actividad laboral docente en el servicio educativo de los niveles de preescolar, básica y media.
Parte 5.  Reglamentación de la educación superior.
Parte 6.  Reglamentación de la educación para el trabajo y el desarrollo humano.


LIBRO 3.  DISPOSICIONES FINALES.



lunes, 24 de junio de 2013

DECRETO DE SALARIOS DOCENTES

Para el año 2013 el gobierno nacional ha expedido los decretos que establecen las escalas salariales que se aplican a los docentes y directivos docentes oficiales del país regidos por los decretos 1278 de 2002 y 2277 de 1979. 
Los nuevos salarios de los docentes que están bajo el régimen del Decreto 1278 de 2002, para el 2013 quedaron establecidos en el Decreto 1001 de mayo 21 de 3013 y para los docentes que se rigen por del Decreto 2277 de 1979, los nuevos salarios fueron fijados mediante Decreto 1002 del 21 de mayo de 2013.


Invitamos a los docentes a consultar los actos administrativos en mención.

viernes, 29 de marzo de 2013

RECURSOS DE GRATUIDAD 2013


Es importante conocer la distribución de los recursos asignados a las Instituciones Educativas y Centros Educativos, organizada por departamentos y municipios, certificados y no certificados del país, provenientes del Sistema General de Participaciones, por concepto de gratuidad educativa a nivel nacional mediante Resolución 2767 de 19 de marzo de 2013, con base a lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 Plan Nacional de Desarrollo del gobierno actual.

El conocimiento de esta información, aunado al uso adecuado de estos recursos, acorde con las necesidades educativas y las metas establecidas en el Plan de Mejoramiento Institucional, redundarán, sin duda, en un mejoramiento de la calidad educativa.

martes, 26 de marzo de 2013

LEY 1620 DE 2013 LEY DE CONVIVENCIA

El 15 de marzo de 2013 se sanciona la Ley 1620, con la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

El objeto de esta ley es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación –Ley 115 de 1994– mediante la creación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

miércoles, 22 de agosto de 2012

REQUISITOS LEGALIZACIÓN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO


La Secretaría de Educación de Antioquia, ha emitido la Circular 316 del 17 de agosto de 2012 Cuyo asunto es: Requisitos para obtener licencia de funcionamiento y registro de programas de las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo human, en los municipios no certificados del Departamento de Antioquia.

Invitamos a los interesados, a su consulta detallada